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Normativa Actualizada para Servicios de Criptoactivos y Protección de Inversores
2025-04-24

El regulador financiero español ha introducido una nueva norma que redefine los requisitos para las empresas que operan en el ámbito de los criptoactivos. Esta actualización incluye tanto la integración de nuevos reportes como la simplificación de procesos existentes, con énfasis en la transparencia y protección del cliente. Además, se han reforzado las advertencias a inversores sobre productos complejos y se establece un marco homogéneo para todos los actores financieros.

Marco Regulatorio para Criptoactivos y Entidades Financieras

La nueva circular introduce cambios significativos en la forma en que las entidades relacionadas con criptoactivos deben gestionar sus obligaciones regulatorias. Se requiere que estas instituciones presenten informes detallados sobre sus cuentas anuales auditadas y proporcionen información específica sobre la protección de activos de los clientes. Este enfoque busca garantizar mayor claridad y seguridad en las operaciones financieras digitales.

En detalle, las nuevas disposiciones afectan tanto a proveedores de servicios de criptoactivos (PSC) como a otras entidades financieras tradicionales. Estas últimas deben ajustarse a estándares más estrictos de prevención contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Paralelamente, se modifica el sistema de cálculo de contribuciones al fondo general de garantía de inversiones, asegurando así una mejor supervisión y equidad entre todos los participantes. La periodicidad de ciertos reportes también cambia, pasando de trimestral a semestral, lo que reduce la carga administrativa sin comprometer la integridad de la información.

Refuerzo en las Advertencias a los Inversores y Productos Financieros

Con esta reforma, se refuerza la protección de los inversores mediante la inclusión de advertencias más explícitas sobre productos financieros complejos. En particular, se incorporan los depósitos estructurados a la lista de instrumentos que requieren notificación cuando existe una diferencia significativa entre el valor estimado y el precio real. Este cambio pretende evitar malentendidos o prácticas abusivas hacia clientes minoristas.

Además, la normativa aclara que dicha obligación no solo aplica a quienes ofrecen renta variable, sino también a aquellos que comercializan productos de renta fija, independientemente de si actúan como contrapartida directa o no. Esto garantiza una mayor transparencia en todas las transacciones financieras. Las circulares revisadas incluyen múltiples ajustes técnicos destinados a optimizar la supervisión y mejorar la calidad de la información disponible para las autoridades competentes. Con estos cambios, se espera que tanto las entidades como los usuarios finales puedan beneficiarse de un entorno financiero más seguro y transparente.

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