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El Calendario Fiscal para la Presentación de Datos Externos en 2025
2025-04-07
En un movimiento estratégico, las autoridades fiscales han delineado un cronograma específico para el envío de información externa tributaria. Este nuevo esquema busca mejorar la transparencia y eficiencia del sistema fiscal colombiano.
Conoce Ahora los Plazos Definitivos y Evita Sanciones Graves
Plazos Establecidos para Grandes Contribuyentes
La planificación financiera de las grandes empresas está siendo reforzada con una estructura clara para el cumplimiento de obligaciones fiscales. En este sentido, cada gran contribuyente debe ajustarse a un calendario que varía según el último dígito de su identificación fiscal.Este esquema comienza desde mediados de abril hasta principios de mayo de 2025, garantizando así un proceso ordenado y sin sobrecargas en los sistemas informáticos de la administración tributaria. Por ejemplo, aquellos cuyo número termina en "1" tendrán hasta el decimoséptimo día hábil de abril, mientras que quienes terminan en "0" deberán cumplir antes del octavo día hábil de mayo.Además, esta disposición permite a las entidades responsables optimizar sus recursos tecnológicos y humanos, asegurando un manejo adecuado de la ingente cantidad de datos que deben procesar durante este período crítico.Obligaciones para Personas Jurídicas y Naturales
Las personas jurídicas y naturales también cuentan con un horizonte temporal definido para presentar su información correspondiente. A diferencia de los grandes contribuyentes, estos actores económicos están distribuidos en bloques de cinco números finales consecutivos, extendiendo los plazos hasta mediados de junio.Este enfoque segmentado tiene como objetivo principal reducir el estrés operativo en las plataformas digitales y preservar la calidad del servicio prestado por las autoridades competentes. Por mencionar un caso específico, los individuos o empresas con números terminados entre "01" y "05" tienen tiempo hasta el noveno día hábil de mayo, mientras que aquellos comprendidos entre "96" y "00" poseen un margen adicional hasta el noveno día hábil de junio.Asimismo, esta metodología fomenta una mayor disciplina organizativa entre los sujetos pasivos, incentivando prácticas más profesionales en la gestión de sus asuntos fiscales.Responsabilidades Legales en la Entrega de Información Exógena
Dentro del marco regulatorio vigente, ciertos actores específicos están obligados a remitir información exógena a la autoridad fiscal. Entre ellos destacan los intermediarios del mercado cambiario, los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios postales que desarrollen actividades financieras.Esta exigencia responde a una necesidad imperiosa de controlar flujos monetarios relevantes y detectar posibles conductas irregulares dentro del sistema financiero nacional. Al proporcionar dicha información, estas entidades no solo cumplen con sus deberes legales sino que también contribuyen al fortalecimiento del entramado fiscal del país.Por otro lado, se espera que tales medidas promuevan una cultura de integridad y confianza mutua entre todos los participantes del ecosistema económico colombiano, desde pequeños comerciantes hasta corporaciones multinacionales.Sanciones Económicas por Incumplimientos Tributarios
El incumplimiento oportuno de las obligaciones establecidas puede acarrear serias repercusiones económicas para los infractores. De acuerdo con el artículo 651 del Estatuto Tributario, existen tres tipos principales de penalizaciones dependiendo de la naturaleza del fallo cometido.Primero, si un contribuyente omite completamente la entrega de la información requerida, será sancionado con una multa equivalente al uno por ciento de las cantidades involucradas. Segundo, cuando se presenten errores en los datos suministrados, la penalización ascenderá al 0,7% de las cifras afectadas. Tercero, en casos de retraso en la presentación, la sanción será del 0,5% de las sumas reportadas fuera de plazo.Estas medidas disuasorias buscan incentivar el cumplimiento puntual de todas las normativas vigentes y proteger los intereses del Estado frente a posibles evasiones o manipulaciones indebidas del sistema tributario.