La sede diplomática de la República Democrática del Congo en Madrid se encuentra en el centro de una controversia legal. Un tribunal madrileño la ha sentenciado por incumplimiento reiterado de sus obligaciones laborales, específicamente el impago de las cotizaciones a la Seguridad Social y el despido improcedente de dos extrabajadores. Este caso pone de manifiesto una serie de irregularidades que se extienden por más de una década, afectando gravemente la situación de los empleados y evidenciando una preocupante falta de respeto por las leyes laborales españolas. A pesar de la contundencia de la sentencia judicial, la embajada ha mostrado resistencia a acatar el fallo, lo que ha complicado aún más la resolución para los afectados y ha generado un debate sobre la aplicación de la justicia en el ámbito diplomático.
La situación de estos exempleados se deterioró progresivamente. Inicialmente, trabajaron durante años sin la debida afiliación a la Seguridad Social, una situación que se corrigió parcialmente en 2014. Sin embargo, la llegada de una nueva embajadora en 2018 marcó un empeoramiento, ya que se redujo a la mitad la cotización, manteniendo la jornada completa. La embajadora actual, Geneviève Victorine Lukusa, escaló la problemática al suspender completamente los pagos, argumentando una supuesta reciprocidad con el sistema congoleño. Además, la embajada intentó forzar a los trabajadores a firmar un documento donde 'reconocían' una deuda millonaria por las cotizaciones que la propia embajada debería haber asumido. Estos hechos, sumados a la contratación de familiares de la embajadora en puestos clave, revelan un patrón de comportamiento que prioriza el ahorro económico sobre los derechos laborales de sus trabajadores.
La embajada de la República Democrática del Congo en Madrid ha sido objeto de una condena judicial significativa. El Juzgado de lo Social número 14 de Madrid ha dictaminado que la misión diplomática debe indemnizar a dos de sus extrabajadores por el reiterado incumplimiento en el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social y por la rescisión irregular de sus contratos. Los empleados, que iniciaron sus labores en 2009 y 2012 respectivamente, experimentaron años de trabajo sin la debida afiliación, siendo dados de alta en la Seguridad Social solo a partir de 2014. Esta situación de irregularidad persistió y se agravó con los cambios en la dirección de la embajada.
La problemática se acentuó con la llegada de una nueva embajadora en 2018, quien optó por reducir unilateralmente las cotizaciones a la mitad, a pesar de que los empleados continuaban trabajando a jornada completa. La excusa para esta medida fue 'compensar' los gastos de la embajada. Sin embargo, la situación alcanzó un punto crítico en 2022 con la actual embajadora, Geneviève Victorine Lukusa. Ella decidió cesar por completo los pagos a la Seguridad Social, basándose en la errónea premisa de que, dado que España no paga la Seguridad Social en el Congo (donde no existe tal sistema), el Congo tampoco lo haría en España. Esta decisión llevó a la acumulación de una deuda de aproximadamente 60.000 euros con la Seguridad Social. La embajadora llegó al extremo de retener los salarios de los trabajadores durante seis meses, alegando que la Seguridad Social ya les estaba pagando de manera subrepticia. Simultáneamente, la embajada contrató a varios familiares de la embajadora, lo que generó un conflicto de intereses y exacerbó la ya tensa situación. Además, se intentó que los trabajadores firmaran un documento en el que supuestamente reconocían que la embajada había gastado 96.000 euros en su Seguridad Social desde 2014, lo que fue un intento claro de eludir responsabilidades. Ante la imposibilidad de resolver la situación, la embajada procedió a despedir a los trabajadores bajo una supuesta 'falta grave', la cual, según el tribunal, carecía de justificación y no provenía de ninguna orden oficial congoleña, confirmando así la improcedencia de los despidos.
El fallo judicial ha condenado a la embajada congoleña a desembolsar indemnizaciones que ascienden a 27.000 y 36.000 euros, además de otros 17.000 y 18.000 euros respectivamente, en concepto de salarios adeudados a los extrabajadores. Estas cifras reflejan la magnitud de los perjuicios causados por las acciones de la embajada y la necesidad de una compensación justa para los afectados.
A pesar de la claridad y firmeza de la sentencia, la embajada del Congo ha manifestado una persistente renuencia a cumplir con sus obligaciones. Durante los meses posteriores a la resolución judicial, la misión diplomática ha desatendido el fallo, negándose a realizar los pagos estipulados. La abogada de los extrabajadores se vio obligada a solicitar la ejecución de la sentencia para hacerla cumplir. En un intento por evadir su responsabilidad, la embajada argumentó que carecía de una cuenta específica para 'gastos de gestión' desde la cual abonar las indemnizaciones, a pesar de que sus operaciones de pago a los empleados se realizaban precisamente desde este tipo de cuenta. Esta excusa fue desestimada por el juzgado, que aclaró que la sentencia no especificaba una cuenta concreta para el pago. Los intentos de este medio por obtener una declaración de la embajada y del Ministerio de Asuntos Exteriores de España no han tenido éxito, lo que subraya la falta de transparencia y la resistencia a cooperar en la resolución de este conflicto. La postura de la embajada plantea interrogantes sobre el respeto a la soberanía judicial de los países receptores y la protección de los derechos laborales de los empleados locales en misiones diplomáticas.